Código Ético

código ético y de conducta
para el grupo FAE

El presente código ético y de conducta (en adelante el Código) contiene los principios fundamentales que sirven de guía al órgano de gobierno, la alta dirección, los empleados, así como a los agentes que actúen en nombre y por cuenta de la entidad. En particular:

· Los modelos y pautas de comportamiento profesional, ético y socialmente responsable de todos ellos en el ejercicio de su actividad

· Previene la comisión de comportamientos delictivos o ilícitos

· Establece los mecanismos de seguimiento y control necesarios para garantizar su cumplimiento

· Contiene las actividades de comunicación de comportamientos, informaciones y hechos relevantes

Tabla de contenidos: código ético y de conducta corporativo grupo FAE

2. Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación del Código abarca las siguientes personas: 

Miembros de su órgano de gobierno

Alta dirección

Empleados

Agentes y representantes de la entidad que actúen en nombre y por cuenta de ésta

Este Código tiene validez tanto en España como en el extranjero, siempre teniendo en cuenta las diferencias culturales, sociales y económicas de los diversos países en los que opera la entidad.

3. Misión, Visión y Valores

Misión

Fabricar y comercializar componentes eléctricos y electrónicos de máxima calidad con el fin de satisfacer las necesidades de los mercados de la posventa y recambio (aftermarket), así como de los fabricantes de primeros equipos (OEM) en el sector de automoción. Todo ello excediendo las expectativas de nuestros clientes en términos de calidad y servicio, con una fuerte imagen de marca y comprometidos con importantes inversiones en I+D.

Visión

Apoyándonos en un equipo humano talentoso, la compañia persigue ser una empresa de referencia internacional en el diseño y fabricación de sensores , siendo el partner clave de nuestros clientes en el desarrollo de nuevos materiales y productos según sus necesidades.

Valores

Tratándose de una empresa industrial familiar, ésta proclama como valores fundamentales:

  1. Pasión y Compromiso
  2. Transparencia y Honestidad
  3. Flexibilidad y Perseverancia
  4. Eficiencia e Innovación
4. El Código y su finalidad

La entidad aspira a la excelencia. Está comprometida en realizar sus actividades de acuerdo con las más altas exigencias jurídicas y éticas y con óptimos estándares de conducta profesional, en interés de sus clientes y en el de todos los que, en diversa forma, se relacionan con ella, así como con la comunidad en general.

El Código contiene los valores éticos y principios de actuación fundamentales de la entidad que se desarrollan en normas internas y directrices de organización y funcionamiento como condición básica para asegurar la sostenibilidad del negocio en el tiempo.

La conducta íntegra y ética de todos sus integrantes incrementa la reputación de la entidad, siendo ésta su principal riqueza. Ella depende del estricto cumplimiento de las normas de Código.

Toda persona, al aceptar un puesto de trabajo o un cargo en la entidad se hace responsable de respetarlo, así como de cualquier modificación que el mismo pueda tener en el futuro.

Por último, todos sus integrantes han de promover que los proveedores y clientes de la entidad se rijan por patrones de conducta y valores análogos a los establecidos en el Código.

5. Valores éticos

El Código constituye uno de los elementos principales de la gestión de la responsabilidad social corporativa de la entidad, siendo el cauce para el desarrollo de sus valores corporativos, a desarrollar por todos sus integrantes, que son:

  • Integridad: Se exige mantener un comportamiento siempre intachable y necesariamente alineado con la rectitud y la honestidad
  • Profesionalidad: Únicamente una gestión responsable permite la confianza y la competitividad empresarial
  • Eficiencia: Debe optimizarse el uso de los recursos, materiales y humanos, para la consecución de los fines de la entidad y la mejora de la calidad de sus actividades económicas, condicionando la toma de decisiones para lograr mayores logros a menores costes
  • Transparencia: Se consigue mediante la difusión de una información adecuada y fiel de la gestión de la entidad, partiendo de una comunicación clara, tanto interna como externa
  • Responsabilidad: Asumiendo las responsabilidades, actuando conforme a ellas y comprometiendo las capacidades de cada uno para cumplir con dicho valor
  • Seguridad: La entidad brinda unas condiciones de trabajo óptimas en cuanto a salud y seguridad

Para ello exige un alto nivel de seguridad en los procesos, instalaciones y servicios, prestando especial atención a la protección de los empleados, clientes, proveedores y entorno donde desarrolla sus actividades.

Todos los empleados velarán por el cumplimiento de la legislación y normativa vigente en el lugar en el que desarrollen su actividad. Asimismo, y en todo momento, respetarán los compromisos y obligaciones asumidos por la entidad en sus relaciones contractuales con terceros.

6. Pautas de conducta

Los valores éticos anteriormente transcritos constituyen la referencia que ha de inspirar la conducta básica de todos los integrantes de la entidad, para cumplir con las obligaciones de sus cargos y respectivos puestos de trabajo.

Este Código no pretende abarcar todas las situaciones posibles que puedan surgir en el día a día, sino establecer unas pautas mínimas de conducta que deben orientar a todos ellos en su forma de actuar y que se pasan a enunciar.

6.1. Respeto a los Derechos Humanos y Libertades Públicas

La entidad está comprometida con el respecto a los Derechos Humanos y Libertades Públicas, la preservación del entorno natural y la colaboración con el desarrollo y bienestar de las comunidades con las que se relaciona.

En este sentido se formula en el presente Código, la adhesión y respeto al Pacto Mundial de Naciones Unidas y a las declaraciones de la Organización Internacional del Trabajo.

6.2. Igualdad de oportunidades y no discriminación

La entidad considera que el crecimiento profesional de todos sus integrantes está íntimamente ligado al desarrollo integral de la persona. Por este motivo promueve su formación, fomentando un ambiente de igualdad de oportunidades, asegurando la no discriminación. La promoción se funda en el mérito, la capacidad y el desempeño de las funciones profesionales.

6.3. Derechos colectivos

Todos los integrantes de la entidad deben respetar los derechos de sindicación, asociación y negociación colectiva, reconocidos internacionalmente, así como las actividades que se lleven a cabo por las organizaciones representativas de los trabajadores, de acuerdo con las funciones y competencias que tengan legalmente atribuidas. Con todas ellas ha de mantenerse una relación basada en el respeto mutuo, en aras a promover un diálogo abierto, transparente y constructivo, que permita consolidar los objetivos de paz social y estabilidad laboral.

El acceso a las funciones y cargos se establece teniendo en cuenta las competencias y las capacidades. Para ello, la evaluación del personal a contratar se lleva a cabo considerando si los perfiles de los candidatos se corresponden con los esperados y las diversas necesidades empresariales, respetando el principio de igualdad de oportunidades para todos ellos.

La información que se solicite servirá únicamente para comprobar los aspectos vinculados al perfil profesional o la aptitud psicológica, respetando en todo momento la esfera privada y las opiniones del candidato.

El personal se contrata mediante un contrato laboral sujeto a la normativa aplicable en cada momento. No se acepta ninguna forma de trabajo ilegal.

6.4. Entorno de trabajo

Se adopta el compromiso de dotar a los empleados de los recursos necesarios para que puedan desempeñar sus funciones con seguridad y en un entorno saludable.

Ello ha de ser compatible con el compromiso de aquellos de observar un cumplimiento riguroso de las normas de salud y seguridad en el trabajo y de hacer un uso responsable del equipamiento que tengan asignado, velando por su propia seguridad y, en general, por la de todas las personas que pudieran verse afectadas por sus actividades.

Además y siempre que sea compatible con la eficiencia general del trabajo, se favorece una organización laboral flexible que facilite la gestión de la paternidad o maternidad y, en general, el cuidado de los hijos.

Todos los integrantes de la entidad deben ser tratados con respeto, propiciando un ambiente de trabajo cómodo, saludable y seguro, absteniéndose de emplear cualquier conducta agraviante o que suponga algún tipo de discriminación por motivos de raza, ideas religiosas, políticas o sindicales, nacionalidad, lengua, sexo, estado civil, edad o discapacidad.

No incurrirán, bajo ninguna circunstancia, en conductas de acoso sexual, abuso de autoridad, ofensa u otra forma de agresividad y hostilidad que propicien un clima de intimidación. Por tanto, deben evitarse comportamientos o discursos que puedan dañar la sensibilidad personal (ejemplo: mostrar imágenes con referencias sexuales o alusiones sexuales insistentes y continuadas)

6.5. Uso y protección de los activos

La entidad pone a disposición de todos sus integrantes los recursos necesarios para el desempeño de su actividad profesional, así como vela por su protección y salvaguarda.

Tales recursos no pueden utilizarse para usos personales o extraprofesionales y/o para el desempeño de actividades no relacionadas directamente con el interés de la entidad.

Asimismo, no sustraerán, o consentirán deliberadamente que un tercero lo haga, tanto dichos recursos como los bienes efectos y demás activos de cualquier tipo que le hayan sido confiados por razón de su cargo (corporales o incorporales, muebles o inmuebles, tangibles o intangibles y los documentos o instrumentos legales que acrediten la propiedad u otros derechos sobre los mismos), garantizando por tanto su custodia.

6.6. Conflicto de intereses

Todos los integrantes de la entidad tienen la obligación de promover los intereses de esta última y la prohibición de beneficiarse, personalmente, de oportunidades surgidas a través del uso de activos o información de la misma o de beneficiar con ella a terceros. Les queda expresamente prohibido:

  • Incurrir en situaciones de conflicto de intereses, reales o potenciales, incluidas las derivadas de relaciones de parentesco u otras afines.

De concurrir, especialmente en procesos de contratación de nuevos empleados, han de abstenerse de intervenir o participar en la negociación, proceso u operación de que se trate.

  • Aceptar obsequios de forma de activos o servicios a título gratuito o con motivo de realizar alguna operación.

En las circunstancias admitidas por lo usos sociales, pueden ser aceptados los de carácter promocional o de cortesía, siempre que no tengan un valor significativo.

De la misma forma tampoco se ofrecerán a terceros otros obsequios que los expresamente autorizados con carácter institucional.

  • Realizar labores fuera del ámbito de la entidad en actividades que concurran o entrenen conflicto con su actividad. Es por ello, que qualquier actividad profesional fuera de FAE debe de ser reportada a la dirección para verificar que no incurre en dicho conflicto de intereses
6.7. Seguridad y protección del medio ambiente

La entidad se compromete a conducir sus actividades de manera que se minimicen los impactos ambientales negativos y se alcance un alto nivel de seguridad en sus procesos, instalaciones y servicios, prestando especial atención a la protección de sus empleados, clientes y proveedores.

Por ello, se manifiesta el compromiso con el desarrollo sostenible, que se sustenta en la puesta en marcha de una política que permita tener identificados los efectos ambientales que genera cada una de sus actividades.

Todo integrante de la entidad, sea cual sea su puesto, ha de velar por su propia seguridad, mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso se adopten, y contribuir a la seguridad ajena y a la protección medioambiental y la prevención de la contaminación.

6.8. Transparencia de la información

La entidad considera la transparencia y la veracidad de la información como un principio básico que debe regir su actuación.

En particular, garantiza que la que comunica a los Entes públicos ya la comunidad en general, es veraz y completa, refleja adecuadamente su situación financiera, así como los resultados de sus operaciones. Y siempre dentro de los plazos y con sometimiento a los requisitos establecidos en las normas aplicables, principios generales de funcionamiento de los mercados y buen gobierno corporativo.

Este principio de transparencia y veracidad de la información resulta también de aplicación en la comunicación interna.

6.9. Relaciones con los clientes y usuarios

La entidad asume, lidera e impulsa el compromiso con la “calidad total”, facilitando los recursos necesarios para alcanzar la excelencia y establiendo las medidas apropiadas para asegurar que es practicada por todos sus integrantes.

Estos últimos han de actuar de una forma íntegra con los clientes y proveedores, teniendo como objetivos la consecución de los más altos niveles de calidad, la excelencia en la prestación del servicio y el desarrollo, a largo plazo, de unas relaciones basadas en la confianza y respeto mutuo.

6.10. Relaciones con el órgano de gobierno y la alta dirección

Todos los integrantes de la entidad establecerán una relación de colaboración con el órgano de gobierno y la alta dirección basada en la confianza, la transparencia, en la información y la puesta en común de conocimientos, experiencias y capacidades.

6.11. Relaciones con proveedores

Los procesos de selección de proveedores se desarrollarán con imparcialidad y objetividad, debiendo los integrantes de la entidad evitar la colisión de intereses personales con los de aquella.

Durante el proceso de  asignación o selección de un panel de proveedores se harán todos los esfuerzos posible para presentar propuestas alternativas que puedan ser debidamente comparadas.

La entidad promoverá entre sus proveedores el conocimiento de este Código a efectos de la mejor aplicación de sus principios.

6.12. Protección de datos de carácter personal

La entidad impulsa la aplicación de las nuevas tecnologías, siendo consciente de los efectos derivados de su inadecuada utilización. Por este motivo pone especial cuidado en asegurar el derecho a la intimidad, protegiendo los datos personales confiados por sus clientes, proveedores e integrantes.

La información de carácter no público es considerada reservada, por lo que se aplican los mecanismos necesarios para preservar su integridad, disponibilidad y confidencialidad.

Todos sus integrantes observan las normas de protección de datos personales establecidas por las leyes y a tal efecto no pueden recoger, tratar, almacenar, conservar, comunicar o usara datos personales en forma que las contravengan, respetando los derechos legítimos de sus titulares.

6.13. Competencia leal y defensa de la competencia

La entidad compite en el mercado de forma leal, impulsando la libre competencia en beneficio de los consumidores y usuarios, cumpliendo siempre las normas jurídicas en vigor.

Tanto la entidad como sus integrantes no llevan a cabo publicidad engañosa y evitan toda conducta que constituya, o pueda constituir, un abuso o restricción ilícita de la competencia.

6.14. Relación con las administraciones públicas

La entidad y todos sus integrantes cumplen fiel y respetuosamente, con todas las obligaciones legales a las que se encuentra sujeta la primera. También ha de evitarse cualquier tipo de conducta que, aún sin violarlas, perjudique la reputación de la primera y produzca consecuencias adversas para sus negocios y/o su imagen.

Todos sus integrantes han de actuar con honradez e integridad en sus contactos con las Administraciones Públicas, asegurando que la información que se les suministre sea veraz, clara y completa.

Tampoco obstaculizarán las peticiones de información que reciban de las mismas, siempre que estén amparadas y se ajusten a las Leyes que les resulten aplicables.

Especialmente darán cumplimiento a las resoluciones administrativas y judiciales que tengan carácter ejecutivo que afecten a la entidad, salvo que se suspenda legalmente su ejecución.

6.15. Medidas contra el soborno y la corrupción

La entidad manifiesta su compromiso inequívoco y tolerancia “cero” contra el soborno y la corrupción.

El soborno es un fenómeno generalizado que plantea serias inquietudes sociales, morales, económicas y políticas, socava el buen gobierno, obstaculiza el desarrollo y distorsiona la competencia. Erosiona la justicia, socava los derechos humanos y es un obstáculo para el alivio de la pobreza. También aumenta el costo al hacer negocios, introduce incertidumbres en las transacciones comerciales, aumenta el costo de los bienes y servicios, disminuye la calidad de los productos y servicios, lo que puede conducir a la pérdida de vidas y bienes, destruye la confianza en las instituciones e interfiere con el correcto y eficiente funcionamiento de los mercados.

Todos los miembros de la entidad tienen la autorresponsabilidad individual de contribuir proactivamente en la lucha contra el soborno y ello porque, entre otras razones, una organización bien gestionada es una entidad sostenible legal y económicamente en el tiempo, ayudan a la organización a evitar o mitigar los costos, riesgos y daños de involucrarse en el soborno, a promover la confianza y la seguridad en las transacciones comerciales y a mejorar su reputación ante los grupos de interés.

Ninguna de las personas que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del presente Código pueden:

  1. Realizar ni ofrecer, de forma directa o indirecta, ningún pago en metálico, en especie o cualquier otro beneficio, a cualquier persona al servicio de cualquier entidad, pública o privada, partido político o candidato para un cargo público, o para que esta abuse de su influencia, real o aparente, con la intención de obtener o mantener ilícitamente negocios u otras ventajas. Tampoco cuando se tenga conocimiento de que todo o parte del dinero o de la especie será ofrecida o entregada, directa o indirectamente, a aquellas personas.
  2. Hacer pagos, consistentes en la entrega de dinero u otra cosa de valor, cualquiera que sea su importe, a cambio de asegurar o agilizar el curso de un trámite o actuación ante cualquier órgano judicial o Administración pública.
6.16. Blanqueo de capitales e irregularidades en los pagos

Con objeto de prevenir y evitar la realización de blanqueo de capitales procedentes de actividades delictivas o ilícitas, todos los integrantes de la entidad deben prestar especial atención a los supuestos en los que existan indicios de falta de integridad de las personas o entidades con las que se realizan negocios, además de su deber genérico de cumplir con las disposiciones legales aplicable, tales como los pagos realizados:

  1. En metálico, siempre que resulten inusuales atendiendo a la naturaleza de transacción
  2. En cheques al portador
  3. En divisas distintas a las especificadas en el contrato o en la factura
  4. A/o por terceros no mencionados en el contrato
  5. En una cuenta que no sea la habitual de transacciones con una persona o entidad, siempre que se desconozca el destino de los fondos transferidos
  6. A personas o entidades residentes en paraísos fiscales, así como en cuentas bancarias abiertas en oficinas ubicadas en los mismos
  7. A entidades en las que, por su régimen jurídico, no sea posible identificar a sus socios o últimos beneficiarios
  8. Extraordinarios no previstos en el acuerdo o contrato
6.17. Registros financieros

Todas las transacciones de la entidad se reflejan, con claridad y precisión, en sus archivos y libros. En particular, todos sus integrantes se abstendrán de:

  1. El establecimiento de cuentas no registradas en libros
  2. El no registro de operaciones realizadas o la mala consignación de las mismas
  3. El registro de gastos inexistentes
  4. El asiento de gastos en los libros de contabilidad con indicación incorrecta de su objeto
  5. La utilización de documentos falsos
  6. La destrucción deliberada de documentos de contabilidad antes del plazo previsto en las normas legales
6.18. Donaciones y proyectos de contenido social

El compromiso de la entidad con la comunidad en la que opera se materializa en el desarrollo y promoción de iniciativas enfocadas a mejorar su calidad de vida.

Este compromiso se lleva a la práctica a través de actuaciones de acción social, colaboraciones y mecenazgos que se canalizan a través de acuerdos y asignaciones de recursos a organizaciones sociales, de un modo coherente con su estrategia.

Acorde con este compromiso y con sus valores de transparencia e integridad, toda donación debe:

  1. Contar con las autorizaciones internas y, en su caso, externas, que sean precisas
  2. Ser otorgada a entidades de reconocido prestigio y solvencia moral, que cuenten con la estructura organizativa apropiada para garantizar la buena administración de los recursos
  3. Quedar fielmente reflejada en los registros y libros contables de la entidad
  4. No ser utilizada como medio para encubrir un pago indebido o soborno

No podrán realizarse donaciones a ningún partido político o a favor de sus representantes. Asimismo, debe realizarse un seguimiento de todas las donaciones realizadas, en la medida de lo posible, con el objeto de conocer su destino o utilización.

7. Sistema de gestión y canal de denuncias
7.1. Sistema de gestión

La entidad promueve el cumplimiento de este Código mediante su difusión, la formación específica necesaria y su sistema de vigilancia y cumplimiento. Para ello el órgano de gobierno ha nombrado un responsable de cumplimiento que tiene asignadas las siguientes funciones:

  1. Interpretar el Código y resolver las consultas que se le planteen al respecto
  2. Recibir y evaluar las comunicaciones relacionadas con su aplicación
  3. Proponer al órgano de gobierno cuantas modificaciones, aclaraciones y normas de desarrollo requiere aquella
7.2. Canal de denuncias

Se establece un canal de denuncias que permite comunicar a cualquier empleado o grupo de interés, debidamente identificado y de forma confidencial y anónima, cualquier actuación o conducta que puedan considerarse que vulneran los principios establecidos en el Código.

La entidad no admite ningún tipo de represalia sobre la persona que comunique, de buena fe, presuntos incumplimientos y sancionará, con arreglo a las normas laborales vigentes, los incumplimientos o vulneraciones que constituyan faltas laborales, sin perjuicio de otras responsabilidades en que pudiera concurrirse.

Para poder dar por válida una denuncia deben concurrir, como mínimo, los siguientes requisitos:

  • Lugar donde tuvo lugar la irregularidad denunciada
  • Cuando ocurrió la irregularidad (pasado, presente, futuro, está en curso)
  • Quién o quiénes están involucrados en la irregularidad
  • Cuál es el impacto para la organización desde el punto de vista del Informante
  • Si el Informante cree que existe algún riesgo para él/ella u otras personas
  • El aporte de pruebas si las tiene
  • El nombre de posibles testigos
  • Cualquier otro elemento que el informante considere de interés

El responsable de cumplimiento analizará la información presentada y hará las pertinentes averiguaciones. Una vez evaluado el resultado, determinará la admisibilidad o no de la denuncia y, si procede, trasladará el expediente al órgano de gobierno para que tome la decisión que proceda.

Este procedimiento garantiza que quede preservada la identidad de la persona que comunique una actuación anómala.

Asimismo, los empleados pueden hacer uso de este procedimiento para consultar dudas o proponer mejoras en relación a las materias objeto del Código.

8. Medidas disciplinarias

La respuesta de FAE a posibles infracciones de nuestro Código se realizará de acuerdo con los procesos formales establecidos en la compañía. Estos procesos tienen en cuenta la presunción de inocencia y los derechos de participación de los representantes de los empleados cuando así lo exija la normativa. La compañía adoptará medidas disciplinarias apropiadas en caso de infracciones demostrables, en base a los convenios colectivos que en su caso sean de aplicación.

9. Vigencia

El presente Código entrará en vigor el primer día laborable del mes posterior a la fecha de aprobación por parte del órgano de gobierno y permanecerá vigente mientras el mismo no apruebe su actualización, revisión o derogación.

Se revisará y actualizará con una periodicidad mínima de tres años. Las eventuales revisiones y actualizaciones se atendrán a los compromisos adquiridos por la entidad en materia de responsabilidad social corporativa.

Aprobado por El Administrador Único Francisco Marro Burrel el 30 de noviembre de 2023.

Responsable principal de su vigilancia Comité de Ética y Compliance.

Si tiene alguna consulta, no dude en ponerse en contacto con nosotros en cualquier momento.